Nuestros abogados están acreditados por APPLUS y SGE900 en competencias de COMPLIANCE.
Previamente a establecer que servicios de “compliance” y cómo establecemos estos servicios, debemos entender ¿Qué significa o qué es Compliance?
El origen de la figura y terminología “Compliance” proviene de los países anglosajones y se traduce como “cumplimiento” o “conformidad”. “Compliace” no es sólo cumplimiento penal o normativo, aunque es una de sus funciones.
Una forma de entender o definir el Compliance de forma sencilla es como una herramienta o sistema de gestión de control, bien de carácter Penal, bien de carácter legal (que incluye el Penal) o bien corporate compliance (de gestión de la organización).
El Compliace tiene como finalidad asegurar el futuro, la viabilidad de la empresa u organización e intenta conseguir esta finalidad identificando aquellas actividades que pueden causar o suponer un riesgo o peligro para el futuro de la empresa.
El compliance en nuestro ordenamiento jurídico español se fundamenta en el Código Penal. El legislador español ha querido introducir la función de compliance de las empresas por vía penal. En derecho comparado, a nivel europeo como en Alemania, la Compliance tiene un sistema de responsabilidad administrativo que permite establecer sanciones de multas a las personas jurídicas.
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